El crimen que resolvió el emperador Tiberio
Por este mismo tiempo Plaucio Silvano, pretor -ignóranse las causas-, arrojó de un precipicio abajo a su mujer Apronia, y, acusado ante César por su suegro Lucio Apronio, respondió turbada y confusamente como si el caso hubiera sucedido durmiendo él y sin su sabiduría, queriendo dar a entender que ella se había despeñado de su voluntad. Mas Tiberio, sin poner dilación, fue a su casa, y reconociendo el aposento se vieron en él diferentes indicios y señales que mostraban la resistencia que la mujer había hecho, y cómo había sido arrojada por fuerza. Refiriólo en el Senado, y, en asignándole jueces, Urgulania, abuela de Silvano, envió a su nieto un puñal; y creyóse que por advertimiento del príncipe, respecto a la amistad de Augusta con Urgulania. El reo, habiendo probado en vano los aceros de la daga y faltándole el ánimo, se hizo cortar las venas. Y siendo después acusada Numantina, su primera mujer, de haberle hecho enloquecer con hechizos, fue hallada inocente.
Per idem tempus Plautius Silvanus praetor incertis causis Aproniam coniugem in praeceps iecit, tractusque ad Caesarem ab L. Apronio socero turbata mente respondit, tamquam ipse somno gravis atque eo ignarus, et uxor sponte mortem sumpsisset. non cunctanter Tiberius pergit in domum, visit cubiculum, in quo reluctantis et impulsae vestigia cernebantur. refert ad senatum, datisque iudicibus Vrgulania Silvani avia pugionem nepoti misit. quod perinde creditum quasi principis monitu ob amicitiam Augustae cum Vrgulania. reus frustra temptato ferro venas praebuit exolvendas. mox Numantina, prior uxor eius, accusata iniecisse carminibus et veneficiis vaecordiam marito, insons iudicatur.
Sin todos los detalles
El relato cuenta más de lo que parece. Aunque tal y como se expresa Tácico, parece indicar la presencia de un jurado elegido para un juicio ante un quaestio, el acto se presenta para que lo supervise primero una comisión del senado. Sin embargo, este sería un caso único en la jurisprudencia romana. Podría haberse celebrado un juicio previo al quaestio de sicariis, pero entonces la duda quedaría en por qué Tácito no lo mencionó.
Las razones las podemos encontrar en un caso sospechosamente similar. Jerónimo de Estridón realizó una expansión latina de Crónica de Eusebio de Cesarea, donde incluyó un suceso extraido de la biografía del orador Quinto Haterio. En este, también el 24 d.C., se acusó a Sevio Plauto de violar a su propio hijo, suicidándose en el juicio. Sin embargo, Sevio Plauto no es mencionado por ninguna otra fuente que trate esta época. Es más, el nombre Sevio fue usado por la gens Sevia ni Sexto o Servio, en caso de error, por la gens Plautia. En los manuscritos, incluso el propio Tácito cometía errores el escribir nombres y hay casos donde se altera su orden. Por eso, no resulta disparatado que Plaucio Silvano se convirtiera en Sevio Plauto.
Por otra parte, en Vida de los doce césares de Suetonio, en el volumen de Suetonio, indica que Claudio se divorció de Urgulanilla por la desgracia causada por su lujuria y la sospecha de asesinato. Plaucia Urgulanila fue su primera esposa (9-24 d.C.), hermana de Plaucio Silvano y nieta de Urgulania, amiga de Livia Drusila (39 a.C.-14 d.C.), tercera esposa del emperador Augusto (27 a.C.-14 d.C.). Es posible que Silvano cometiera adulterio e incesto y, cuando su esposa Apronia lo descubrió, fuera asesinada.
Siendo senador, Tácito habría evitado ofrecer detalles de un caso escabroso cercano a la familia imperial. Otros emperadores, como Augusto, habrían usado mecanismos para evitar el juicio público, como hizo con los crímenes sexuales de su familia, pero Tiberio era conocido por haber deseado examinar el asesinato de Agripa Póstumo ante el senado, aunque pudiera exponer la trama de su madre Livia Drusila, tercera esposa de Augusto.
Este caso se encontraría ante un delito de estupro, que entonces incluía el adulterio y caería bajo el quaestio de adulteriis, pero donde las personas importantes, por entonces, eran juzgadas por el senado. El imperium maius habría otorgado a Tiberio la potestad de supervisar la investigación. Bajo una variación del iudices dari, se presentarían los cargo frente a un grupo de senadores o todo el senado. Hay dudas sobre qué cargos se presentaban ante estos y cuánto se podían alejar de la ley establecida. Se sabe que estos podían obligar a un magistrado a renunciar a su cargo y enfrentarse a una quaestio posterior, en el que recibiría su condena. No obstante, como se indica, Silvano se suicidó.
Fuente
- Hicks, B. W. (2013). The Prosecution of M. Plautius Silvanus (pr. 24). Ancient History Bulletin, 27, 55-64.