¿Por qué el islam prohibe las imágenes del profeta Mahoma?
Mientras que otras religiones representan a sus profetas y dioses, el islam mantiene una prohibición firme sobre las imágenes. Es un caso notable, pues otras religiones han abandonado el aniconismo o este no es total. Por ejemplo, las primeras representaciones de Buda son griegas y comenzaron en el siglo I d.C., cientos de años después del comienzo de la religión. Contrasta además con las otras religiones abrahámicas con las que comparte una base común.
Si consultamos el Corán, este no dice que las representaciones del profeta estén prohibidas. Se argumenta que el relato del becerro es un ejemplo de ello, pero este condena la idolatría a otros dioses. Para encontrar una prohibición tenemos que tener en cuenta la sunna, la colección de costumbres y prácticas del islam cuya importancia solo es superada por el propio Corán, concretamente en los hadices, registros escritos de la vida y la época de Mahoma, a partir de donde se articulan las leyes.
No obstante, a pesar de ello, tanto el Corán como los hadices pueden dejar áreas sin tratar. Para ello, necesitan ser interpretados por el ulema y debe llegarse a un consenso. Dado que hay cientos de miles de hadices, incluyendo contradictorios y falsificados, el ulema debe evaluarlos y emitir un juicio para que se haga ley. Es aquí donde el resultado puede variar. Aunque es común que denigrar al profeta esté mal visto, la visión respecto a las imágenes de suníes y chiíes no es la misma. Es la razón por la que en el arte persa puedan encontrarse imágenes del nacimiento, vida y muerte de Mahoma donde se muestra su cara. A pesar de ello, las polémicas de las últimas décadas también han llevado a su prohibición en Irán, aunque no sea de forma total. Esta prohibición ha sido una respuesta común de la comunidad musulmana a la percibida decadencia e inmoralidad de Occidente, especialmente desde el punto de vista de los regímenes fundamentalistas que dirigen a la población hacia una forma supuestamente más pura del islam.
Hay varios hadices dignos de tener en cuenta por la sharia donde prohiben las representaciones artísticas, pero estos condenan a todos los artistas, sin importar su religión, y es Alá, no las personas, quien los condenará en la otra vida. Aún así hay formas de sortear estas limitaciones. En la literatura shama'il otomana se creaban diseños llamados hilya que simbolizaban de forma abstracta, aunque simétrica, al profeta.
Mientras el cristianismo se basa en la imagen y los rituales, el islam se basa en la palabra y los hechos. Dicho de otra forma, el cristianismo valora la ortodoxia, es decir, la adherencia a los credos correctos, mientras el islam valora la ortopraxia, es decir, la adherencia a las prácticas correctas. Esto implica que desde el islam se defiende la descripción escrita del profeta para que esta sea no se vea corrompida por las convenciones artísticas o las aportaciones del artista. De esta manera se evita lo que ocurre con Jesús, cuya popular imagen con tez blanca dista de la apariencia que podría haber tenido.
Curiosamente, las representaciones de personas y el riesgo de idolatría siguen despertando debate. En el 2000, el clérigo Shaykh Muhammad Salih al-Munajjid confirmó que las muñecas están permitidas dado que Aisha, esposa de Mahoma, jugaba con ellas. Permitía a las niñas jugar con ellas siempre que su vestuario fuera decente. Más allá de las creencias y deseos de cada uno, esta limitación a las representaciones ha supuesto un lastre para el mundo islámico. Aunque en el mundo occidental el arte estuvo dominado inicialmente por la religión, cuando se puso al servicio de la ciencia para ilustrar y esquematizar los avances de la Ilustración, este favoreció el progreso y el aprendizaje. En cambio, el mundo islámico, que dominó las matemáticas en el pasado, se centró en volver a sus raíces. No obstante, y con ironía, aquellos que mantienen estas prácticas para huir de los excesos de Occidente, a su vez se valen de ellos, por ejemplo, para peregrinar a La Meca en aviones occidentales.
Fuente
- Nafziger, J. A. (2017). Comparative Law and Anthropology. Edward Elgar Publishing.